El núcleo sancionatorio en tanto elemento componente del Principio de Tipicidad es generalmente descripto por la doctrina en su contenido como aquél que prevé en forma precisa y acabada el tipo infraccional -y dentro de éste el reproche de culpabilidad a título de dolo o culpa- y la sanción por su importación del Derecho Penal al Derecho Administrativo y específicamente al Derecho Administrativo Sancionador. Al respecto surgen las siguientes interrogantes ¿tal importación se realiza estrictamente o en forma atemperada? y en caso de realizarse de forma atemperada ¿cuál es el grado de relativización admisible de dicho Principio en la materia que nos ocupa? ¿cómo debería concretarse la aplicación relativizada de dicho Principio? ¿cuáles serían las consecuencias prácticas de la aplicación relativizada del mentado Principio? A través de su análisis en el contexto actual en que se inserta el Derecho Administrativo y especialmente el Derecho Administrativo Sancionador y de una aproximación al alcance del referido Principio el libro intenta ensayar una respuesta a dichas interrogantes.
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